VÍAS DE RECLAMACIÓN Y RECURSOS

VÍAS DE RECLAMACIÓN Y RECURSOS EN CASO DE CONFLICTO ENTRE CONSUMIDOR O USUARIO CON UN COLEGIADO O CON EL COLEGIO

 

En caso de conflicto con un colegiado/a o con el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Sevilla puede utilizarse la siguiente vía:

 

Tramitación de quejas o reclamaciones ante al Colegio

 

Si es su deseo formular alguna queja o reclamación relacionadas con la actividad profesional de un Administrador de Fincas colegiado/a o con la actividad del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Sevilla:

Cumplimentar a tal efecto Instancia que al menos deberá contener:

Hechos objeto de la queja o reclamación.

Persona que lo presenta debidamente identificada con nombre, apellidos, DNI, dirección postal, código postal y su condición de miembro en la comunidad de propietarios (p.e.: Presidente, Vicepresidente, Propietarios, etc.).

En el supuesto en el que actúe en nombre de otra persona o entidad deberá presentar la documentación acreditativa de la representación de quien presenta la queja o reclamación.

Datos del colegiado/a a la quien la queja o reclamación se refiera

Este escrito podrá ser enviado o presentado en la secretaría del Colegio, c/ Carlos Cañal nº 22, Código Postal 41001 de Sevilla.

PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero EXPEDIENTES DEONTOLÓGICOS, cuya finalidad es la gestión del servicio de información, consultas y reclamaciones, y no podrán ser cedidos, salvo las cesiones previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es el Colegio de Administradores de Fincas de Sevilla y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es en la calle Carlos Cañal, 22 (41001-Sevilla), de todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

La Junta de Gobierno resolverá informando sobre el sistema extrajudicial de resolución de conflictos, remitiendo el expediente a los órganos colegiales competentes en materia disciplinaria, archivando el expediente o adoptando cualquier otra decisión conforme a los Estatutos colegiales y la normativa vigente.

La Comisión disciplinaria podrá acordar su archivo directo sin ulterior recurso si a su juicio no hubiera indicios racionales en cuanto a la posible existencia de infracción disciplinaria. En otro caso se acordará la apertura de diligencias previas.

Normativa estatutaria

CAPÍTULO SEXTO. DEONTOLOGÍA 

Artículo 41. De la Deontología.

La profesión de Administradores de Fincas reposa sobre el principio de la calidad profesional y el postulado moral de la confianza para que pueda ejercerse en la dignidad; implica: conciencia profesional, honestidad, lealtad, competencia, discreción y confraternidad.

En consecuencia, ser administrador/a de fincas obliga a:

1. Conciencia Profesional:

a) Dedicar toda su aplicación con la conciencia profesional debida a la ejecución del mandato y a la gestión como «buen padre de familia» de los bienes e intereses que le han sido confiados.

b) Hacer prueba de moderación y de prudencia vigilando el no poner en peligro ni la situación de su cliente ni la suya.

c) Proteger y promover los intereses legítimos de sus mandantes, el deber de fidelidad absoluta de cara a éstos, no dispensa por lo tanto al Administrador/a de Fincas de tratar de manera equilibrada con todas las partes interesadas.

d) Proteger al público contra el fraude, la presentación errónea o las prácticas incorrectas en el terreno inmobiliario y esforzarse en eliminar, en su comunidad, toda práctica susceptible de perjudicar al público o a la dignidad de la profesión.

2. Honestidad:

a) Privilegiar en todas circunstancias los intereses legítimos de sus mandantes.

b) No adquirir por parte o en su totalidad, ni mandar adquirir por un familiar u organismo cualquiera en el cual detentará una participación, un bien inmobiliario para el cual una misión de gestión le haya sido confiada, al menos de haber informado a su mandante de su proyecto.

c) Informar al comprador de su posición en caso de puesta en venta de un bien que le pertenece en totalidad o en parte.

d) No aceptar misión de evaluación o peritaje de un bien en el cual piensa adquirir intereses, al menos de mencionarlo en su dictamen de evaluación o peritaje.

e) No recibir comisión, descuento o beneficio sobre los gastos hechos por cuenta de un mandante, sin haber previamente obtenido el acuerdo del dicho mandante.

f) No encomendar, por cuenta de un mandante, obra, abastecimiento o prestaciones, a un familiar u organismo en el cual detentara intereses, sin haber informado previamente al mandante de su posición.

3. Lealtad:

a) Vigilar a que las obligaciones financieras y compromisos resultados de contratos inmobiliarios sean determinados por escrito, y expresen los acuerdos intervenidos entre las partes así como la entrega a cada uno de un ejemplar del acto en el momento de la firma.

b) Cuidar que las convenciones aseguren sin equívocos posibles, la perfecta información de las partes y tiendan a armonizar los intereses de dichas partes, sin que una de ellas saque sola las ventajas.

c) Informar con precisión al público del precio pedido para remuneración de servicios prestados.

4. Competencias:

a) Informarse regularmente sobre las legislaciones así como sobre las evoluciones esenciales susceptibles de inscribir sobre los intereses que la han sido confiados. Mantenerse informado de las condiciones de los mercados sobre los cuales tendrá que aconsejar a su clientela.

b) No aceptar misión que sobrepase el terreno de su experiencia al menos de asegurarse, con el acuerdo de su mandante, el concurso de un especialista cuyos límites de intervención sean claramente definidos.

c) Informarse sobre todos los hechos esenciales relativos a cada propiedad para la cual acepta un mandato a fin de satisfacer a sus obligaciones de evitar el error, la exageración, la presentación errónea o la disimulación de hechos.

d) Mantenerse informado y facilitar la formación de sus colaboradores en cuanto a la evolución de bienes inmobiliarios en los niveles locales, regionales, nacionales y europeos a fin de poder contribuir a la formación de las concepciones públicas en materia de fiscalidad, de legislación, de utilización del suelo, de urbanismo y otros temas relacionados con la propiedad inmobiliaria.

5. Discreción Profesional:

Respetar en todas circunstancias el deber de discreción profesional para todo lo que se refiera a sus mandantes o la consideración confraternal.

6. Confraternidad:

a) Cuidar la lealtad de la competencia y vigilar a que las relaciones profesionales que desarrollen siempre con respeto y cortesía.

b) No solicitar los servicios de un/a colaborador/a de un colega sin que éste último lo sepa.

c) No tomar la iniciativa de criticar las prácticas profesionales de un colega.

d) No dar un informe, si es motivado a propósito de un documento desarrollado por un colega, si no es después de haber informado a dicho colega respetando la integridad y cortesía confraternal.

e) Mantener al más alto nivel la profesión empujando las instituciones que se dediquen a la formación profesional.

f) Alentar, por su participación, las organizaciones profesionales para que publiquen revistas y periódicos especializados permitiendo a los profesionales inmobiliarios ofrecer al público una información exacta.

g) Abstenerse de todo tipo de práctica o forma publicitaria perjudicable a la buena fama de la profesión y de todo comportamiento susceptible de ocasionar a sus colegas un perjuicio moral o material.

h) A fin de participar al incremento permanente del nivel de la profesión, compartir con sus colegas los resultados de la experiencia adquirida y perfeccionará las cualidades profesionales de sus colaboradores en vista de la promoción de los mismos y del mejoramiento del servicio prestado.

Instrucciones para presentar los formularios PDF

1- Descargue el formulario del tramite a realizar.

2 – Rellene los datos solicitados. Puede hacerlo directamente en el formulario. Recibirá un aviso de que los cambios no se guardarán pero podrá rellenar el formulario y a continuación imprimirlo a 2 caras y por duplicado si el trámite lo requiere.

3 – Si encuentra algun problema en el paso anterior, imprimir y rellenar a mano.

4 – Debe firmar todas las hojas.

5 – Adjunte la documentación adicional solicitada para realizar el trámite.

6 – Entregue el formulario junto a la documentación en el Colegio, Carlos Cañal, 22 – 41001 Sevilla, o PREFERENTEMENTE a través del email reclamacionesyquejas@cafsevilla.com
para empezar con la tramitación.