Reiteramos la recomendación de no celebrar juntas de propietarios según las pautas marcadas desde la Dirección General de Salud de la Junta de Andalucía.
No obstante, para aquellas estrictamente necesarias, se podrán celebrar siempre que presencialmente su número de asistentes no supere el de CUATRO , incluidos presidente y secretario administrador.
En caso de celebración de juntas, se recuerda la necesidad de cumplir con los criterios sanitarios siguientes: el uso de mascarilla, gel hidroalcohólico, desinfección, ventilación de los espacios, distancia interpersonal, y demás medidas aconsejables.